Corte Suprema del Estado de Nueva York, Condado de Bronx
Índice nº 300940/2010
Si fue retenido en el Departamento Correccional de la Ciudad de Nueva York por una orden de retención emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. entre el 1 de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012, podría recibir un pago del Acuerdo.
Hay un acuerdo en una demanda colectiva (Onadia v. Ciudad de Nueva York, et al.) que alega que la ciudad de Nueva York violó la ley al detener a personas más allá de su fecha de liberación programada basándose únicamente en una orden de retención emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. El Ayuntamiento niega haber hecho algo malo.
Las personas que pueden obtener dinero del Acuerdo (también llamados Miembros del Grupo) son: cualquier persona que haya sido detenida por el Departamento Correccional de la Ciudad de Nueva York más allá de la fecha de liberación programada del individuo entre el 1 de abril de 1997 y el 21 de diciembre de 2012, a pesar de que se cumplieron todas las demás condiciones para la liberación de la persona y se basó únicamente en una orden de detención emitida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los EE. UU.

Cobertura de prensa
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